I. Marco jurídico.
Según la ley General de la Administración Pública y sus Reglamentos, da a conocer en el Decreto 146-86 y en el Decreto ejecutivo Numero PCM-008-97(artículo 42) del Reglamento de Organización, Funciones y Competencias, que la Unidad de Cooperación Externa y Movilización de Recursos que coordina la Secretaria General, tiene a su cargo asistir al Secretario de Estado en la formulación de Estrategia de Cooperación externa que faciliten la ejecución de programas y Proyectos. Para estos fines las Unidades de Cooperación Externa y Movilización de Recursos coordinan sus actividades con la Secretaria de Planificación y Cooperación Externa y la Secretaria de Finanzas.
Según el Reglamento interno de la Secretaria de Estado en los Despachos de Recursos Naturales y Ambiente en el acuerdo 1089-97 publicado en La Gaceta en 1997 se detallan las funciones de la UCEMR las cual presentaremos a continuación:
CAPITULO VII
DE LA UNIDAD DE COOPERACION EXTERNA Y MOVILIZACION RECURSOS (UCEMR)
Articulo 21. La UCEMR que coordina la Secretaria General, tiene a su cargo asistir al Secretario de Estado en la formulación de estrategias de cooperación externa que faciliten la ejecución de programas y proyectos. Para estos fines, la UCEMR coordinara sus actividades con la Secretaria Técnica y de Cooperación Internacional y la Secretaria de Finanzas, La Secretaria de Relaciones Exteriores al igual que con la Comunidad Internacional de nuestro país.
Son funciones de la UCEMR:
• Apoyar al secretario general en la administración y cumplimiento de la agenda de prioridades, compromisos y acciones de la cooperación externa;
• Coordinar con las distintas áreas de trabajo las iniciativas de cooperación internacional
• Coordinar reuniones técnicas relacionadas a la cooperación internacional
• Asesorar y coordinar los procesos de negociación de los programas y convenios de cooperación externa.
• Identificar y analizar las necesidades y prioridades institucionales y sectoriales de cooperación externa.
• Preparar documentos de soporte para negociaciones que realice la Secretaria de Estado o el ente oficial de gestión de la cooperación externa.
• Participar conjuntamente con las misiones internacionales en la supervisión y evaluación de proyectos.
• Identificar fuentes de financiamiento para la ejecución de programas y proyectos que la Secretaria promueva.
• Representar por delegación al Secretario General en instancias, eventos y reuniones en materia de cooperación externa.
• Preparar el informe anual de actividades y resultados.
• Realizar las demás tareas afines a su cargo que se le asignen.